Ciudad de Guatemala, 30 mayo 2020.- El Gobierno de Guatemala emitió hoy el Acuerdo Gubernativo 74-2020, en el diario oficial, con las normas reglamentarias para dar operatividad al artículo dos del Decreto 15-2020 del Congreso de la República “Medidas Adicionales de Protección para la Población de los Efectos Económicos Provocados por la Pandemia COVID-19”.

Lea aquí el documento: Acuerdo Gubernativo 74-2020
Estas medidas adicionales fueron aprobadas por el Congreso de la República el 3 de abril, bajo el Decreto 15-2020.
El Acuerdo Gubernativo 74-2020 define que “tiene por objeto desarrollar las normas que permitan la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto 15-2020, garantizando la continuidad del suministro de los servicios esenciales y sostenibilidad de estos a la población guatemalteca”.
Explica que el artículo dos de la aprobación del Legislativo, corresponde al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), al Ministerio Energía y Minas, a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, Ministerio de Economía, y a la Dirección de Atención y asistencia al Consumidor (Diaco).
Por lo que se garantizarán los servicios esenciales, como el agua potable, luz, servicio de cable y de telefonía, así como el internet para los guatemaltecos.
Las empresas que prestan el servicio de distribuir el vital líquido “en ningún caso, podrán suspender el suministro”. Se establece que el consumo mínimo y convenio de pago del agua potable será de 300 quetzales.
El servicio de energía eléctrica no podrá ser suspendido. Asimismo, las empresas de telefonía, cable e internet, los proveedores no podrán suspender el servicio, pero si reducir el plan para que contenga lo básico.
Este acuerdo entrará en vigencia este domingo 31 de mayo, fue aprobado por el presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei, junto al vicepresidente, Guillermo Castillo y el gabinete de ministros del país.
*Con información de Soy502